Mediante Informe de visto, la Fiscalizadora de Hoja de Vida adscrita al JEE de Cajamarca, hace de conocimiento que con
relación a la Declaración Jurada de Hoja de Vida del ciudadano YANINA SOCORRO POVEDA MERCEDES, para el Concejo
Provincial de Cajabamba, por la Organización Política: PERÚ LIBERTARIO, específicamente en el rubro VIII. DECLARACIÓN
JURADA DE INGRESOS, DE BIENES Y RENTAS, habría una información falsa respecto a 01 bien inmueble.
En tal sentido, se procede a correr traslado al personero legal de la organización política PERÚ LIBERTARIO, a fin que se
realicen los descargos correspondientes, por ser necesario.
El Reglamento N° 082-2018-JNE, de inscripción de Listas para Candidatos Municipales, establece en el artículo 39.1, que el
Jurado Electoral Especial dispone la exclusión de un candidato hasta treinta (30) días calendario antes de la fecha fijada para
la elección, cuando advierta la omisión de la información prevista en los numerales 5, 6 y 8 del párrafo 23.3 del artículo 23 de
la LOP o la incorporación de información falsa en la Declaración Jurada de Hoja de Vida. La notificación del traslado y del
pronunciamiento sobre exclusión del JEE se realiza de conformidad con el artículo 51° del presente reglamento.
En ese sentido, conforme a lo dispuesto por la norma antes indicado, debe correrse traslado al personero legal de la
organización política “DEMOCRACIA DIRECTA”, a fin de que realice sus descargos dentro del plazo de un (1) día calendario.
Vencido dicho plazo, con descargo o sin él, este Jurado Electoral Especial resolverá según corresponda
Fuentes y Publicación; Mi Cajabamba Electoral – JNE